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Tu Estancia por Estudios en España

En EMA Abogados te acompañamos en todo el proceso para obtener o renovar tu estancia por estudios en España. Analizamos tu caso, revisamos tu documentación y presentamos tu solicitud de forma telemática para que puedas centrarte en lo importante: tus estudios.

 

Trabajamos con estudiantes de todo el mundo y te explicamos cada paso con claridad.

Requisitos y Documentación

Para solicitar tu estancia por estudios en España, es fundamental cumplir con una serie de requisitos legales y presentar la documentación actualizada ante la Oficina de Extranjería.

Condiciones Generales

  • Estar admitido en un centro de enseñanza autorizado.
  • No tener prohibida la entrada en España.
  • Contar con medios económicos suficientes.
  • Tener un seguro médico público o privado.

Documentación Básica

  • Pasaporte completo y en vigor.
  • Impreso de solicitud EX-00.
  • Justificante de abono de tasas.
  • Carta de admisión del centro educativo.

Requisitos Específicos

  • Certificado de antecedentes penales (estancias superiores a 6 meses).
  • Certificado médico oficial.
  • Prueba de alojamiento en España.

* Toda la documentación extranjera debe ser traducida legalmente y apostillada según el Convenio de la Haya.

Proceso y Plazos

01.

Asesoramiento y Recopilación

Analizamos su perfil académico y revisamos la matrícula oficial. Plazo estimado: 1-2 semanas.

02.

Presentación Telemática

Enviamos su solicitud directamente a la oficina de extranjería mediante nuestro certificado profesional. Plazo: Inmediato.

03.

Resolución y TIE

Tras la resolución favorable (1-3 meses), le asistimos en la toma de huellas para su tarjeta física.

Preguntas Frecuentes sobre Estancia por Estudios

¿Puedo solicitar la estancia por estudios desde España?

Sí, es posible siempre que te encuentres en situación legal (como turista) y queden al menos 30 días de vigencia en tu estancia legal al momento de presentar la solicitud telemática.

¿Qué medios económicos debo demostrar para el visado de estudios?

Debes acreditar la disponibilidad de una cantidad mensual equivalente al 100% del IPREM, salvo que se acredite el pago previo del alojamiento por todo el periodo de estancia.

¿Puedo trabajar con mi autorización de estancia por estudios?

Sí, la normativa actual permite trabajar hasta 30 horas semanales, siempre que la actividad laboral sea compatible con la realización de los estudios y no sea el medio principal de sustento.

¿Cuánto tiempo dura el trámite administrativo?

La administración tiene un plazo legal de 30 días para resolver. Si no hay respuesta en ese plazo, se puede entender desestimada por silencio administrativo negativo en solicitudes de visado, aunque en autorizaciones iniciales los plazos pueden variar según la oficina.

¿Qué tipo de seguro médico necesito?

Es obligatorio contar con un seguro privado de enfermedad concertado con una entidad aseguradora autorizada para operar en España, con coberturas equivalentes a la Seguridad Social (sin copagos ni carencias).

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